SE TRATA DE AGENTES MUNICIPALES ENCARGADOS DE INSPECCIONAR EN 2012 LOS DESAPARECIDOS NIGHT CLUBES “BLACK AND WHITE” Y “SHEIK”.
Martín Andrés Mieres, Alfredo Duilio Santos, Luis Alberto Villegas, Eduardo Hugo Scarnati, Carlos Alberto Signoni y Aníbal Torres fueron procesados en los últimos días por la jueza federal de Río Grande, Mariel Borrutto, quien consideró que todos los mencionados incurrieron en incumplimiento de deberes y abuso de autoridad por no inspeccionar en el año 2012 algunas habitaciones de los fondos de los desaparecidos locales nocturnos “Black and White”, sito en Antártida Argentina entre Gobernador Deloqui y San Martín y “Sheik”, en Gobernador Paz y Gobernador Roca. Además cada uno fue embargado en la suma de 120 mil pesos.
Todos habían sido sobreseídos en 2018 por el titular del Juzgado Federal de Ushuaia, Federico Calvete, quien los había considerado inocentes de los cargos que se les imputaba, pero ahora la jueza desestimó dicho fallo.
Los hechos investigados se remontan al año 2012, año en el que personal de Gendarmería Nacional allanó las instalaciones de las dos tradicionales whisquerias de la capital fueguina, detuvo a sus responsables y puso a disposición de organismos abocados a la trata de personas a 18 mujeres que se desempeñaban como alternadoras en ambos locales.
Es de destacar que en 2012 se encontraba al frente de la Municipalidad de Ushuaia el ex intendente de la Unión Cívica Radical Federico Sciurano, cuyas funciones se extendieron entre 2007 al 2015, pero cuya responsabilidad en los hechos enjuiciados la jueza consideró inexistente .
En el expediente judicial en trámite consta que los inspectores admitieron haber realizado inspecciones regulares a las instalaciones de las dos firmas, a cargo de la familia Morales una y de la familia Montoya la otra, cuyas cabezas habían sido – curiosamente – inspectores municipales antes de dedicarse a esa actividad. No obstante declararon haber limitado su tarea a la inspección del área declarada en las habilitaciones comerciales pertinentes, consignando que no se percataron de la existencia de otros cuartos posteriores en donde se ejercía la prostitución. Debido a ello, la magistrada consideró reprochable el proceder laboral de los inspectores y determinó su procesamiento y embargo de bienes.
Si bien el delito que se les imputa no es carcelable, de resultar condenados quedarían inhabilitados para continuar ejerciendo la función pública.
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