3 años de prisión en suspenso por atropellar fatalmente a un peatón y herir a otro

3 años de prisión en suspenso por atropellar fatalmente a un peatón y herir a otro

Germán Alfredo Sopena fue condenado por haberle causado la muerte a Santiago Liquín y fracturado un pie a Matías Berger, ambos de 17 años, el 28 de octubre de 2021.

El conductor volvió a pedirle perdón a los padres del joven fallecido. No podrá manejar por 5 años y deberá realizar un curso de educación vial.

3 años de prisión en suspenso por atropellar fatalmente a un peatón y herir a otro

Finalmente el conductor imputado por la muerte del adolescente Santiago Liquín y por las heridas graves sufridas por su amigo, Matías Berger, fue condenado por el Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte a la pena de 3 años de prisión en suspenso. A Germán Alfredo Sopena se lo había comenzado a juzgar el pasado martes 14 de mayo, produciéndose la sentencia condenatoria el lunes 20 de mayo. Además, el hombre de 45 años de edad deberá efectuar un curso de educación vial y no podrá manejar por un lustro.
La figura penal en la que se lo encuadró fue la de “homicidio culposo agravado en concurso real con lesiones graves agravadas”.
Entre los atenuantes que los jueces del Tribunal de Juicio Juan José Varela, Verónica Marchisio y Pedro Fernández evaluaron en favor del automovilista figura la ayuda inmediata que Sopena les brindó a los dos jóvenes en el momento de acaecido el hecho y después, al iniciarse y finalizar el juicio, el arrepentimiento demostrado y el reiterado pedido de perdón a los padres de Santiago Liquín.
Como se recordará, la noche del 28 de octubre del año 2021, Sopena circulaba a bordo de una SUV Dodge Hourney, chapa patente LFC 269, de color azul metalizado, circunstancia en que atropelló a Santiago Liquín y a Matías Berger, quienes se dirigían a pie a una serenata estudiantil que se estaba realizando en el Cono de Sombras. El luctuoso siniestro vial ocurrió en las arterias San Martín y Almirante Brown y se produjo en circunstancias en que el conductor se dirigía a su domicilio, luego de dejar a sus dos hijos en la casa de su ex pareja.
Las pericias posteriores determinarían que Sopena tenía alcohol en sangre en poca proporción y que circulaba a una velocidad superior a la permitida.
La pena impuesta por el Tribunal fue acorde a la requerida durante los alegatos por el representante del Ministerio Público Fiscal, Ariel Pinno, y la Querella, llevada adelante por Francisco Ibarra. Además, el Tribunal invitó al Poder Ejecutivo municipal y provincial “a impulsar la urgente adopción de políticas públicas que incentiven la educación vial para contribuir a la disminución de hechos de este tipo”.
Los fundamentos de la sentencia serán leídos el próximo 3 de junio a las 13.


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