Se trata de un hombre de 57 años de edad que recibió una pena, mediante la modalidad de Omisión de Debate, de 3 años de prisión en suspenso.
Los jueces Juan José Varela, Eduardo López y Pedro Fernández, integrantes del Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte, dispusieron que el condenado se someta además a un tratamiento psicológico en una institución pública o privada.
Un sujeto de 57 años de edad fue condenado a la pena de 3 años de prisión en suspenso por haber manoseado a la hija de su pareja cuando la víctima estaba bajo su cuidado. Por ese hecho ocurrido en el año 2015 el Tribunal lo halló penalmente responsable del delito de abuso sexual simple.
El condenado deberá cumplir una serie de pautas de conducta que incluyen la prohibición de acercamiento a la víctima y su familia. Además, deberá acreditar el inicio de un tratamiento psicológico en una institución pública o privada.
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