HASTA EL MOMENTO LOS HECHOS INDICAN QUE EL HOMICIDIO DE GLADYS BEATRIZ MOLEDO FUE OBRA DE INTEGRANTES DE UNA FAMILIA QUE HABIA ADOPTADO ILEGALMENTE A SU NIETA DE OCHO MESES DE VIDA Y A QUIEN COMO ABUELA TRATABA DE RECUPERAR.
La figura penal que se les imputa a Juan Ramón Gómez, Gastón Eduardo Blanco, y al menor de 17 años de edad B., L. D., es “homicidio agravado por alevosía”. Oriana Milagros González, hija de la víctima y posible entregadora de la beba nacida en febrero de este año a la presunta madre adoptante, Jésica Romina Gómez, el juez les dictó falta de mérito pero ambas continuarán sujetas a la prosecución de la causa.
El Juez de Instrucción Nº1 del Distrito Judicial Norte, Dr. Daniel Cesari Hernández, resolvió procesar a Juan Ramón Gómez, Gastón Eduardo Blanco, y al menor B., L. D. en orden al delito de homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de más de dos personas, cuya víctima resultó ser Gladys Beatriz Moledo, de 53 años de edad.
Como ya se informara, el hecho que conmovió a la provincia por el grado de salvajismo con el que la mujer fue ultimada en su casa en momentos en que se encontraba con su nieto de dos años de edad, ocurrió entre las 21.20 y 22.14 del día 9 de septiembre en Río Grande. Además de la violenta muerte de Moledo también sufrió un trauma emocional extremo el pequeño, quien fue encontrado en estado de shock y mudo después de llorar durante horas al lado de su abuela ultimada a golpes y cuchillazos.
El magistrado interviniente dispuso además trabar embargo a los bienes de los procesados por la suma de 300 mil pesos cada uno, a fin de responder ante eventuales responsabilidades penales o civiles emergentes del proceso. De tal modo el magistrado convirtió la detención de Juan Ramón Gómez y Gastón Eduardo Blanco en prisión preventiva y dispuso que sean alojados en la Unidad de Detención N° 1 de Río Grande.
En el caso del menor B., L. D. se le impuso cumplir pautas de conductas y prohibiciones como la de no salir de su domicilio particular, de estar al cuidado de su madre y también imputada en la causa, Jessica Romina Gómez, y no ausentarse entre las 19 y las 6 de la casa familiar. Además deberá asistir a la escuela, presentarse en la comisaria diariamente, no salir de la ciudad de Río Grande, y no acercarse ni tener ningún tipo de contacto con el viudo de la víctima, Víctor Daniel González.
Por otro lado, a Oriana Milagros González y a Jessica Romina Gómez, el juez también les impuso reglas de conductas, bajo apercibimiento de ordenar la detención ante el incumplimiento de las mismas: no podrán salir de la ciudad de Río Grande, de la Provincia de Tierra del Fuego ni de la República Argentina; tienen prohibido acercarse a una distancia menor de 50 metros del esposo de la víctima y deberán presentarse diariamente en la comisaría policial.
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