Aquellos ciudadanos que no fueron a votar y no justifiquen el por qué de su ausencia, deberán pagar una multa ya sea personalmente o a través de medios electrónicos.
En las Elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias se desarrollaron este domingo, el voto era de carácter obligatorio como indica la ley. Aquellos ciudadanos que se ausentaron a votar y que no justificaron debidamente su ausencia, deberán pagar una multa de $50 para las PASO y $100 para las elecciones generales.
Todos los argentinos nativos y por opción que al 14 de noviembre tengan 18 años o más y menores de 70 años, que estaban inscriptos en el Padrón Electoral debieron presentarse a votar. Por otro lado, quienes tengan 16 y 17 años, o tengan 15 años pero cumplan 16 años hasta el 14 de noviembre, tuvieron derecho optativo al sufragio.
Todas las personas que se ausentaron, además, quedarán registradas en el Registro de Infractores de la Justicia Electoral. Los votantes pueden consultar si tienen multas pendientes o si han sido infractores en infractores.padron.gob.ar, indicando el número de DNI y el distrito electoral.
PASO 2021: cómo y dónde pago la multa si no fui a votar
En caso de no haber ido a votar se recibirá una multa que se podrá abonar a través del Banco de la Nación Argentina. El trámite puede realizarse personalmente o por medios electrónicos como transferencia bancaria, tarjeta de crédito, pago en efectivo o cuenta virtual.
La información se actualizará en la web dos días hábiles después de estar saldada la deuda y el monto de las sanciones integra el Fondo Partidario Permanente, a cargo del Ministerio del Interior.
Aquellos que justifiquen correctamente su ausencia, no deberán abonar la multa por infracción. La ausencia podrá justificarse de manera online a través de la página de infractores.
De igual forma, cualquier ciudadano puede consultar su estado como infractor o no:
Ingresar a la página infractores.padron.gob.ar
Completar los datos con número de documento, sexo y distrito e ingresar el código de verificación. Luego, clickear en el botón «Consultar».
Si alguien considera que no debería estar en la lista de infractores, puede reclamar vía internet o en la Secretaría Electoral correspondiente a su domicilio, con su documento y el troquel que acredite el sufragio.
Exceptuados de votar
Más allá de estar transitando la enfermedad del Covid-19, hay ciertas circunstancias en donde los ciudadanos quedan exentos de votar. Esos caso son:
Si uno está a más de 500 kilómetros del lugar de votación con un motivo razonable. La persona correspondiente deberá acercarse a una comisaría para tramitar el certificado de no voto, el cual deberá ser cargado en la página de la Cámara Nacional Electoral (CNE).
Jueces y auxiliares que deban mantener abiertas sus oficinas durante la fecha.
Personas enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor. Las mismas deberán ser comprobadas por médicos del servicio de sanidad nacional o, en su defecto, médicos oficiales, provinciales, municipales, o médicos particulares.
Personal de empresas y organismos de servicios públicos que, por el cumplimiento de sus tareas, no puedan acudir a los comicios.
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