Condenan a dos hombres en Ushuaia por hechos cometidos en el año 2018.
Los sujetos deberán cumplir la condena de modo efectivo por el delito, en un caso, de robo agravado por efracción – cuando para cometer el delito se rompe una puerta u otro objeto – y en el otro, por el delito de hurto con estelionato, acción de vender como propios bienes ajenos valiéndose de engaños defraudatorios.
El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur, integrado por los jueces Maximiliano García Arpón, Rodolfo Bembihy Videla y Alejandro Pagano Zavalía, condenó el miércoles 17 de abril a dos hombres residentes en Ushuaia a cumplir la pena de 3 años de prisión de cumplimiento efectivo por varios delitos cometidos en el año 2018.
Uno de los imputados fue condenado a 3 años de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de robo agravado por efracción, por un hecho cometido el 21 de marzo de 2018, aproximadamente a las 11 en la ciudad de Ushuaia.
Según el Código Penal, la efracción es el delito contra la propiedad que se concreta cuando una persona se apodera de algo ajeno y para cometer el robo, rompe un objeto, perfora o fractura una pared, cerco, techo o piso, puerta o ventana de un lugar.
Además, los jueces dejaron sin efecto la declaración de rebeldía que recaía sobre ese hombre, y ordenaron su inmediata libertad hasta que quede firme la sentencia.
Por su parte, el otro individuo recibió la misma pena, de 3 años de prisión de cumplimiento efectivo por los delitos de robo agravado por efracción en concurso real con robos reiterados – en dos hechos- y hurto en concurso ideal con estelionato. Cabe mencionar que vender como propios bienes ajenos valiéndose de engaños defraudatorios se considera delito de estelionato.
Los hechos fueron cometidos el 19 de febrero de 2018, en un local comercial de electrónicos; el 21 de marzo de 2018, en una vivienda particular de la que sustrajeron varios elementos y el 2 de julio de 2018 en dos comercios de indumentaria de la ciudad.
Cabe mencionar que éste último imputado deberá someterse a tratamiento psicoterapéutico en orden a sus adicciones, mientras dure su disposición o sea necesario de acuerdo con criterio médico, según lo estableció el Tribunal de Juicio.
En el juicio ejerció el Ministerio Público Fiscal el abogado Daniel Curtale mientras que los imputados fueron representados por el defensor mayor del DJS, José María Fernández López y el defensor público Juan Carlos Núñez.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el miércoles 24 de abril, a las 19 horas.
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