La defensa del empresario, quien dijo ser dueño de radio América y el diario «Tiempo Argentino», había advertido que el detenido inició una huelga de hambre y pensaba negarse a recibir los medicamentos prescriptos para sus patologías crónicas en la cárcel de Marcos Paz.
La Cámara Federal de Casación rechazó conceder el arresto domiciliario al empresario Mariano Martínez Rojas a raíz de la pandemia de coronavirus, y luego de que su defensa argumentara que el detenido inició una huelga de hambre y sufre de depresión y ansiedad.
El empresario está preso desde que fue extraditado de Miami y espera el inicio del juicio oral en su contra por supuesta asociación ilícita y lavado de activos a raíz del contrabando de mercaderías, que está a cargo del Tribunal Oral en lo Penal Económico 2.
La defensa del empresario, quien dijo ser dueño de radio América y el diario «Tiempo Argentino», pidió el arresto domiciliario y advirtió que inició una huelga de hambre y pensaba negarse a recibir los medicamentos prescriptos para sus patologías crónicas en la cárcel de Marcos Paz.
El Servicio Penitenciario Federal informó que recibe la medicación y no presenta ninguna patología que requiera una atención especial.
El máximo tribunal penal federal del país rechazó concederle el beneficio ante riesgos procesales, recordó que estuvo prófugo en Estados Unidos y que será juzgado como miembro de una organización dedicada a actividades ilícitas como «contrabando de mercaderías y lavado de activos», según la resolución a la que accedió Télam.
Martínez Rojas argumentó sufrir problemas cardíacos, depresión, ataques de pánicos, trastornos de ansiedad, asma, insomnio y depresión aguda.
Además su defensa sostuvo que «en el marco de la pandemia provocada por el Covid-19, el Servicio Penitenciario Federal carecería de los medios para garantizar su derecho a la salud».
Martínez Rojas está detenido con prisión preventiva desde hace un año y diez meses, cuando llegó deportado desde Estados Unidos.
Los jueces del Tribunal Oral «han rechazado el pedido de morigeración de la prisión preventiva sobre la base de un correcto razonamiento que contiene fundamentos jurídicos y de hecho -objetivos y subjetivos- adecuados y suficientes», concluyeron los camaristas de Casación Mariano Borinsky y Javier Carbajo.
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