SEGÚN LAS PRUEBAS PERICIALES OBRANTES SE DETERMINO QUE LA MUJER MATO A GUSTAVO PONCE Y DESPUES IDEO UNA ESTRATEGIA PARA ELUDIR EL REPROCHE PENAL, SIMULANDO UN SUICIDIO.
Es destacable el accionar del Tribunal de Juicio de Ushuaia, cuyos integrantes aplicaron la Ley sin dejarse presionar por organizaciones feministas y de Derechos Humanos, que trataron de que a la imputada se le atenuara la pena por su género y por considerar que la víctima la sometía a malos tratos .
Finalmente el viernes último, después de la exposición de testigos y de la realización de un coloquio de peritos, los jueces Rodolfo Bembihy Videla, Alejandro Pagano Zavalía y Maximiliano García Arpón, consideraron que la muerte de Gustavo Ezequiel Ponce no fue producto de su propia decisión si no la de su pareja, la imputada Claudia Concha Ávila, quien lo mató y después armó un escenario de suicidio.
El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur condenó a la mujer de 45 años de edad y de nacionalidad chilena, a prisión perpetua, por el delito de homicidio.
La sentencia fue leída ante una nutrida cantidad de asistentes a la sala de juicio, entre las que se contaban amigas de la acusada y miembros de organizaciones feministas y de Derechos Humanos que bogaban por una pena atenuada. Las referentes sostenían que Concha Ávila era en realidad víctima de malos tratos por parte del fallecido, lo que no se probó durante el debate oral y público. También adujeron que la mujer debió ejercer la prostitución, tal como ella misma había admitido ante los jueces, actividad en la que se hacía llamar “Lara Montana”.
En oportunidad de hacer uso de la palabra y de dirigirse por última vez a quienes decidirían su destino, Claudia Concha Ávila volvió a expresar, como lo había dicho al comenzar el debate, que ella y Gustavo Ezequiel Ponce sostenían una relación muy conflictiva, violenta, enfermiza y sesgada por el uso de drogas y alcohol e insistió ante el Tribunal que su pareja se suicidó ahorcándose con un pañuelo en el interior del baño de la habitación del hospedaje, mientras ella dormía.
Visiblemente conmocionada al escuchar el veredicto de 25 años de cárcel, la condenada se abrazó con varias mujeres presentes en el recinto antes de volver a ser conducida a su lugar de detención en el barrio Los Fueguinos, en donde se encuentra alojada desde diciembre de 2018.
Los fundamentos de la sentencia se conocerán el 26 de agosto, a partir de las 19 horas.
LOS HECHOS
En un principio todo parecía indicar que Gustavo Ezequiel Ponce había decidido quitarse la vida en el baño de la habitación Nro 18 del Apart Hotel Além, sito en avenida Além 1279, mientras su pareja, Claudia Concha Avila dormía en el dormitorio contiguo pero el correr de las horas cambió drásticamente el rumbo de la investigación. Aunque la mañana del 2 de diciembre de 2018 la mujer reaccionó ante el personal policial interviniente con sorpresa y dolor por la muerte de Ponce, apenas dos días después una comitiva policial se presentó en su domicilio para detenerla por disposición de la jueza de Instrucción María Cristina Barrionuevo, en calidad de sospechosa de la muerte de su conviviente.
Los primeros indicios de que algo no era lo que parecía fueron observados por integrantes de la División Policía Científica y del área Delitos Complejos en el cuerpo de Ponce y en el baño en donde fue encontrado.
Varias marcas de heridas en las muñecas, aparentemente infligidas por algún tipo de elemento cortante, como por ejemplo un cuchillo o navaja, ubicados en una zona que hacía pensar que el hombre intentó defenderse de una agresión y el hecho de que al llegar la Policía el cadáver yacía tendido al lado del inodoro, fueron los dos primeros elementos que hicieron dudar a los investigadores.
Cuando el informe forense determinó que la muerte sobrevino por paro cardio respiratorio por constricción de las vías respiratorias superiores compatibles con ahorcamiento, la magistrada decidió firmar la orden de detención de Concha Ávila.
EL FISCAL URQUIZA LOGRO PROBAR EL ENGAÑO
Durante el juicio el fiscal Eduardo Urquiza puso de relieve el tormento que sufrió Gustavo Ponce antes de expirar, informando el funcionario judicial en la sala de debate los pormenores del crimen: “Se desprende que en el horario de las 07.35 a las 10.00 no hubo acceso de terceras personas al lugar del hecho, por lo que en la habitación donde se produjo el deceso de la víctima sólo se encontraba la imputada y Ponce.
Como prueba del ocultamiento de elementos, se determinó que se verificó la existencia de manchas de sangre en diferentes lugares de la habitación y dos piedras, una de ellas fragmentada en secciones en el interior del horno”.
La autopsia determinaría posteriormente que Ponce presentaba “hematomas de reciente data en la zona genital y lesiones en el sector de la cabeza, que pudieron ser provocadas con el objeto de aturdir, atontar o reducir la resistencia de la víctima”, describe.
En el escrito, el fiscal Urquiza señala también que la imputada “luego de haberle provocado golpes en la cabeza, le ocasionó asfixia por compresión externa del cuello hasta provocarle la muerte”.
El cadáver de Gustavo Ponce fue encontrado boca arriba, con la mitad inferior del cuerpo ubicado hacía el interior del baño y la mitad superior hacía el exterior. Estaba desnudo, tapado con un acolchado que le cubría los genitales y las piernas.
Según el alegato del fiscal Eduardo Urquiza, en el hecho llevado a juicio quedó comprobado que la mujer simuló el suicidio de Ponce.
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