El imputado estaba detenido desde el mes de marzo del corriente año.
Un hombre residente en la ciudad de Río Grande deberá cumplir una pena de 1 año y medio de prisión en suspenso, periodo durante el cual deberá portar una tobillera electrónica. Tenía prohibido acercarse a su pareja pero habría violado la restricción para agredirla físicamente.
El juez del Juzgado Correccional del Distrito Judicial Norte, Pedro Fernández, condenó el viernes 14 de junio a Jhonatan Campos, acusado de cometer el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y en un contexto de violencia de género. La sentencia consistió en 1 año y 6 meses de prisión en suspenso.
El condenado deberá cumplir la pena con una tobillera electrónica – y se le impuso – nuevamente – una prohibición de acercamiento a la víctima. Además, el magistrado ordenó la implementación de un dispositivo de orientación y contención para la damnificada.
Cabe destacarse que el caso ya había sido anteriormente analizado mediante el sistema de Omisión de Debate pero como el tiempo de sanción propuesto, de 2 años de prisión, le pareció insuficiente a la denunciante, fracasó esa instancia. Finalmente Campos fue condenado a una pena inferior, de un año y medio, sin reclusión.
Los hechos se remontan al mes de marzo del corriente año cuando el hombre fue acusado de agredir físicamente a quien fuera su pareja, tras irrumpir en su vivienda, desobedeciendo una restricción perimetral vigente. Durante los alegatos, la fiscal especializada en violencia de género e intrafamiliar, y en asistencia a las víctimas, del Distrito Judicial Norte, la abogada Mónica Macri, solicitó la pena que resultó impuesta por el juez por el delito de lesiones leves pero pidió la absolución en lo referido a la presunta desobediencia en la restricción de acercamiento. Esto fue así porque durante el debate no quedó en claro a partir de qué fecha el sujeto tenía prohibido acercarse a la mujer, por lo que ante la duda, fue absuelto de ese cargo.
Por su parte, la Defensa deicial, representada por el letrado Javier Eduardo Tepedino, también había solicitado la absolución de su representado o la aplicación de la pena menor que se contempla para el tipo de delito analizado, petición que el juez satisfizo parcialmente.
Debido al monto de la pena Campos logró la excarcelación después de alrededor de dos meses y medio de permanecer privado de la libertad pero deberá completar el año y medio estipulado de prisión en suspenso, con la portación de un dispositivo electrónico permanéntemente monitoreado por el Servicio Penitenciario.
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