POR EL DELITO DE ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL.
La víctima tiene 40 años y la edad mental de una niña y fue abusada cuando convivía con su madre y la pareja de esta. Del ultraje nació una hija.
El Tribunal de Juicio del Distrito Judicial Norte condenó el miércoles 11 de marzo al hombre acusado de abusar sexualmente de una mujer adulta con retraso madurativo a cumplir la pena de 8 años de prisión por hallarlo penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal.
El tribunal presidido por el juez Eduardo López, y con las vocalías de los abogados Ernesto Borrone y Juan Varela accedió a lo solicitado por el fiscal Mayor Guillermo Quadrini para que el imputado quede detenido inmediatamente, al quedar acreditada la falta de arraigo y el riesgo procesal existente, luego de obrar como antecedente el incumplimiento de la prohibición de acercamiento durante el proceso de instrucción.
En su alegato Quadrini había pedido 13 años de prisión para el imputado al sostener que cometió el delito de abuso sexual con acceso carnal (Art. 119, tercer párrafo del Código Penal). Sin embargo a la finalización del juicio, en el que se le aplicó al sujeto 4 años menos de prisión que lo pedido, manifestó que la pena “fue adecuada y razonable”.
Al abusador se le imputó haber ultrajado sexualmente a una mujer de 40 años de edad al momento del hecho, aprovechándose de que la víctima no podía consentir libremente la acción debido al retraso madurativo que presenta , una discapacidad de un 66 % y un retraso mental moderado y deterioro del comportamiento de grado no especificado, contando con una edad mental de entre 6 y 9 años.
El episodio en cuestión acaeció en el interior del domicilio particular donde la víctima convivía con el imputado, quien por entonces era la pareja de su madre. Cabe mencionar que como consecuencia de dichos actos, la víctima quedó embarazada, dando a luz a una niña.
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