En la primer jornada de juicio el fiscal consideró que está probada la autoría del hecho que puso en peligro la vida de siete personas.
El fuego causado intencionalmente se extendió hacia donde se encontraban tres niños de 14, 11 y 6 años de edad; dos bebés de 5 meses de vida y dos jóvenes de 17 y 19 años.
Ayer comenzó en la sede judicial riograndense que funciona en instalaciones del viejo campamento de YPF, la primera jornada del juicio que tiene como imputado a Gerardo Saúl Núñez, en la causa 808. El hombre está acusado y procesado por haber incendiado la vivienda familiar, poniendo en grave riesgo a cuatro de sus hijos y a otros tres de su pareja.
“Esta fiscalía imputa al señor Gerardo Saúl Núñez de haber ocasionado de modo intencional el incendio de la vivienda sita en pasaje Avellaneda 2582 en la que se encontraban R.A.R de 14 años de edad; E.B.C, de 11; R.I.R., de 6 años; J.Y y F.B, hermanos de 5 meses de vida como así también las hijas mayores del imputado, R.G.N, de 19 años y Z.A.N de 17 años, a sabiendas de que los mencionados se encontraban en el lugar”, comenzó afirmando el fiscal mayor Guillermo Quadrini, en el marco del tercer juicio que se desarrolla en el marco de la cuarentena.
El Tribunal es presidido por el juez Daniel Ernesto Borrone, con las vocalías de los magistrados Eduardo López y Juan José Varela. La defensa del imputado es ejercida por la defensora Pública, Dra. Lorena Nebreda y el Ministerio Público Fiscal estará representado por Guillermo Quadrini.
“El hecho ocurrió el 8 de julio de 2019 entre las 14.20 y las 14.50 en el domicilio mencionado. En dicha oportunidad y mientras los menores se encontraban solos en la vivienda, el imputado ingresó a la finca que compartía con su pareja Roldán y los hijos de esta y encendió un elemento combustible capaz de producir llama libre en tres puntos de la morada, ocasionando un incendio en la misma, a la voz de “voy a prender todo”. Cabe señalar que el imputado es pareja de María Isolina Roldán, madre de la mayoría de los menores, con la que mantuvo una discusión momentos antes del hecho en cuestión. Mientras el sindicado llevaba a cabo su accionar la nombrada se encontraba radicando una denuncia en la Comisaría de Género de esta ciudad” – consignó Quadrini.
“En cuanto a la calificación del hecho se encuentra tipificado en el artículo 186, inciso 4to del Código Penal Argentino, bajo la figura de incendio con peligro de muerte para alguna persona. Con la prueba obrante se tienen probados los hechos. Comparto la calificación legal dispuesta por el juez de instrucción ya que el informe pericial de los bomberos demostró que es indudable la relación entre la acción del imputado y la comisión del incendio y el peligro de muerte en el que estuvieron los niños que se encontraban en la vivienda. El trabajo técnico del personal de bomberos y las vistas fotográficas tomadas en el lugar dan cuenta de la extensión del incendio. Es indudable también la existencia de dolo ya que Núñez sabía de la presencia de sus hijos en la vivienda y la ausencia absoluta de prestación de auxilio hacia los menores a quienes no solo no ayudó en ningún momento sino que fue evidente su persistencia para retirar el vehículo que estaba estacionado en el lugar y así poder darse a la fuga”, destacó el fiscal.
En su declaración indagatoria Núñez, admitió que María Roldán “me increpó por cuestiones inherentes a la relación de pareja” y que fue la nombrada la que comenzó un forcejeo en el que intervino el niño de 14 años quien lo tomó por el cuello, logrando zafarse para dirigirse a la dependencia policial a radicar una denuncia, luego de lo cual regresó a pie a su domicilio, advirtiendo que salía humo de su casa, corriendo hacia la misma y gritando con la intención de advertir a quien se encontrara dentro. Luego vio que sus hijas G y Z salían de la casa de un vecino con los hijos de María, preguntó por ella y le dijeron que estaba en la comisaría, lo que lo dejó tranquilo por lo que comenzó a correr los vehículos que se encontraban cerca de la morada, momento en el que fue detenido por personal policial.
Contundente, el fiscal consideró que “el imputado Núñez resulta ser autor del hecho que se le atribuye y hay elementos suficientes para probar que ingresó a la vivienda con algún elemento que produjo llama libre y encendió tres focos, sabiendo que sus hijos se encontraban en la vivienda contigua”.
Según las declaraciones de la señora Roldán, la relación que sostenía con Núñez “siempre fue conflictiva”, habiendo recibida agresiones físicas y verbales con amenazas como “te voy a prender fuego la casa” y “te voy a matar a los chicos”, hechos que fueron denunciados en sede policial y que derivaron en la separación de ambos. Pero en el mes de enero del año pasado, antes que nacieran sus hijos menores, decidió retomar la relación y regresar a la casa en donde se produciría el incendio.
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