Jury contra la fiscal Urquiza.
El presidente del Consejo de la Magistratura y vocal de la Corte fueguina, Dr. Gonzalo Sagastume, explicó a la prensa el alcance del dictamen que dio a conocer en la reunión del organismo de selección y remoción de jueces, vinculado con el pedido de jury contra la fiscal Urquiza.
“Como presidente voy siguiendo un cronograma en función de las denuncias que hay. En este caso, en función de los informes que tenía, me resultó sencilla la tarea. Se agota el año y quedan dos o tres procesos pendientes, y la idea del Consejo es que no exista esta queja de juicios pendientes”, dijo.
“A mi criterio en el informe está plasmada mi opinión y propongo un análisis en un debate amplio. La ley de enjuiciamiento 525 es una mala ley, porque pone en cabeza de un juez del Superior Tribunal la tarea de hacer una investigación previa para luego pasarlo al fiscal. Es mucho mejor tratar de evitar ponerse en el rol de pesquisador, porque va en contra de la jurisprudencia de la Corte Suprema en cuanto a lo que es un juicio político, que debe ser inmune a todo tipo de pensamiento previo”, planteó.
Hasta ahora su dictamen “es la opinión de un consejero, que es preliminar, para que vean si es aconsejable pasar la causa al fiscal acusador, o desestimarla con una opinión superadora. Si se arma un debate amplio, que es lo que propongo, ahí tengo que evaluar, pero la diferencia es que yo no produje prueba para no contaminar”, expresó.
Reconoció que esta denuncia “causó conmoción pública y sería bueno que la sociedad tenga posibilidad de escuchar a los interlocutores y formar su opinión. Esta denuncia del juez y del secretario menudo favor le hace al Poder Judicial”, observó en base al escándalo que representó.
“El dictamen es absolutamente técnico, se habla de una conducta de incumplimiento al no recibir un expediente judicial, y de un presunto abuso de autoridad al requerir en vano el auxilio de la fuerza pública. La prueba la tiene que proponer el fiscal y el imputado tiene que proponer su prueba de defensa, para luego tomar una posición definitiva”, detalló del proceso.
El juez se basó “en el contenido de la denuncia y los informes del oficial que acudió al procedimiento. Con eso me bastó para hacer el informe. La profundidad de por qué se llega a este quicio, se tiene que demostrar en un debate en el ámbito del Consejo de la Magistratura, o en el ámbito de un sumario administrativo, con libertad de las partes para interactuar y del instructor, para ver qué llevó a esta situación”, indicó.
Dejó en claro que “yo no estoy imputando a la fiscal por la comisión de ningún delito. Yo estoy diciendo hay dos figuras en vilo y hay que acreditar si existen o no. Y el que va a determinar si hay un delito o no es el juez instructor, que tiene la investigación penal. Yo estoy hablando de una inhabilidad sobreviniente. Puede ser que, tramitando las actuaciones, esto me lleve a una opinión totalmente diferente en un juicio con un debate amplio”, advirtió.
La definición “ahora está en cabeza de los cinco consejeros, incluido el fiscal acusador, que no puede actuar. La próxima sesión del Consejo es el 29 de noviembre y ya no depende de mí si se terminará de dilucidar. El juicio político es de naturaleza mixta, judicial y político, porque está compuesto por un tribunal de legos y de letrados. No hay un plazo previsto en la ley de juicio político para que se expidan los consejeros, y por eso digo que es una mala ley”.
El fiscal acusador es Miguel Ángel Castro, representante el Colegio de Abogados de Río Grande. “Si el fiscal acusa, empieza a correr un plazo, pero no hay plazo para formalizar la acusación o un pedido de absolución. Otro defecto de este código es que si el fiscal pide no acusar, puede ser apartado por el resto de los consejeros y ser nombrado un segundo. Si es la voluntad del consejo, va a haber acusación”, sentenció.
Cabe recordar que la fiscal de Río Grande Laura Carolina Urquiza, fue denunciada por el juez Raúl Sahade y el secretario Eduardo Tepedino, por haberse negado a recibir un expediente y convocar a la policía para detener a ambos funcionarios judiciales, que fueron a notificarla a su despacho. Los hechos ocurrieron el 28 de junio pasado y desataron un verdadero escándalo. Ese día, el secretario Tepedino había ido a la fiscalía a hacer entrega de la causa Nº 34.329 caratulada “Ibarra Rodríguez, Francisco s/denuncia”, en cumplimiento de una orden emitida por Sahade, que había dispuesto la habilitación de “día y hora inhábil”. Pero en la fiscalía de Urquiza las empleadas se negaron a recibir el expediente. Tepedino intentó infructuosamente comunicarse con Urquiza y, al retirarse del lugar para informar al juez Sahade del evento, se la encontró escoltada por seis policías, que amenazaron con detenerlo si no se retiraba.
Para Sagastume, la fiscal Urquiza debió recibir el expediente o impugnar esa recepción por medios idóneos, pero nada de esto hizo. Sagastume además remarca que el lugar de notificación de los fiscales es su oficina, justificando la presencia de Tepedino y considerando un “deber legal de la fiscal y acto de su oficio recibir el expediente, facilitar su entrega y en consecuencia notificarse, a los fines de impulsar el proceso judicial”, según consta en su dictamen.
También cuestiona que requiriera la presencia policial cuando Tepedino ya se había retirado de la fiscalía. “No sólo se observa un incumplimiento por parte de la denunciada de acatar la orden judicial, sino que también estamos ante un exceso del uso de la fuerza pública”, sostiene.
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