César maximiliano Escobar, condenado en 2007 a 14 años de prisión, se encontraba cumpliendo la pena en la provincia de entre ríos, bajo el régimen de libertad condicional.
El Juzgado de Ejecución del Distrito Judicial Norte, a cargo del Doctor Sergio Manuel Dieguez, informó que el pasado 7 de noviembre se procedió a la detención del condenado César Maximiliano Escobar, luego de que dicho magistrado decretara su rebeldía en el mes de junio del corriente año.
El hecho en su oportunidad conmocionó a la ciudad de Río Grande, cuando en 2007 este sujeto violó a la hija de su pareja, de tan solo 6 añitos, terminando la pequeña hospitalizada con graves lesiones. César Escobar de 36 años comenzó en junio de 2014 con las salidas laborales, a partir de contar la Justicia con informes favorables de su evolución carcelaria.
Actualmente, Escobar se encontraba cumpliendo la pena fuera de Provincia de Tierra del Fuego, bajo el régimen de libertad condicional, habiéndose oportunamente radicado en la ciudad de Concordia, Entre Ríos.
Durante los dos años que ha usufructuado el beneficio, el condenado cuenta con la obligación de presentarse periódicamente -de manera mensual- ante el Patronato de Liberados de Entre Ríos, que es el encargado de supervisar la libertad condicional oportunamente concedida.
En el mes de agosto de 2016 la Dirección del Patronato de esa Provincia informó que al momento de las presentaciones en los meses de julio y agosto, Escobar fijo distintos domicilios en la ciudad de Concordia, los cuales no concordaban con el autorizado judicialmente, y en el mes de noviembre de 2016 fijó domicilio en calle Mariano Acha al 3300, ubicado en Saavedra de Capital Federal.
Ante esta circunstancia se ordena su constatación, y luego de obtener resultados negativos respecto de los domicilios ubicados en la ciudad de Concordia, se procedió desde el Juzgado de Ejecución a dar intervención a la División de Investigaciones de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, para que constatara efectivamente el domicilio antes mencionado para determinar la efectiva residencia del condenado.
Al hacerse presente en el domicilio indicado, el personal de investigaciones fue recibido por un familiar del referido Escobar, quien aseguró conocerlo, e informó que el sujeto no vivía allí, asegurando desconocer su domicilio actual.
Ante la imposibilidad de poder constatar de manera fehaciente el domicilio del condenado, se declaró la rebeldía del nombrado y ordenó su detención, de lo cual se notificó a los distintos Organismos de Seguridad y al Patronato de Liberados que realizaba la supervisión.
Luego de tres meses de encontrarse operativo el pedido de detención, el 31 de octubre de 2017 el Patronato de Liberados de la citada Provincia, informó que recibieron de manera tardía un comunicado del Área Social de la Unidad Penal Nº3 de Concordia -quienes colaboran en la supervisión- indicando que el nombrado venia cumpliendo regularmente con las presentaciones establecidas. Asimismo informaron que procedieron a remitir copia del oficio de detención a dicha Unidad, a los fines de efectivizar la medida.
Es así que el pasado 7 de noviembre, la División Búsqueda de Prófugos de la Superintendencia de Investigaciones Federales, concretó la detención de Escobar quien fue detenido en el referido domicilio de la ciudad de Buenos Aires, lugar que había sido denunciado como su residencia actual. Vale recordar que en el mencionado domicilio oportunamente se efectuó una constatación infructuosa, a raíz de información que brindara un familiar directo, circunstancia que motivó la declaración de rebeldía y detención.
En este contexto es que se procede a la detención del nombrado en dicho domicilio, dándose intervención al Juzgado Nacional en lo Criminal de Rogatorias de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de que procediera a celebrar audiencia con el nombrado y constatar de manera efectiva si Cesar Escobar residía en dicho lugar. A su vez se instruyó al Juzgado interviniente a que de constatarse dicha situación se ordenara la libertad, lo cual así fue dispuesto el día 8 de noviembre, tras determinarse que el mismo residía en el domicilio denunciado oportunamente ante las autoridades del patronato.
EL HECHO
El hecho ocurrió el 5 de octubre de 2007 en una pensión de calle Moyano, donde César Maximiliano Escobar fue acusado por su pareja de haber abusado de su pequeña hija, la cual fue encontrada en grave estado, debiendo ser hospitalizada a partir de las gravísimas lesiones sufridas por parte de este sujeto, quien estuvo prófugo por unas horas, y finalmente fue detenido al día siguiente.
Lo sucedido causó tal conmoción que cada traslado se realizaba con fuertes medidas de seguridad ante las amenazas de linchamiento, e incluso este sujeto denunció todo tipo de vejámenes en su vida intramuros.
Escobar finalmente fue condenado a catorce años de prisión de cumplimiento efectivo, de los cuales aún no se había cumplido la mitad de la condena, cuando sin embargo pudo acceder a salidas laborales a partir de lo resuelto por la jueza de Ejecución, la Dra. Cecilia Incardona.
A principios del mes de junio de 2014 la jueza resolvió en base a una solicitud del recluso para comenzar a salir a trabajar, al conseguir un empleador, dado que es electricista, por lo que realiza trabajos en la construcción.
La jueza aseguró que inicialmente no hubo oposición de la fiscalía y que incluso Escobar contó con un informe positivo de parte del Consejo Correccional, por lo que realiza las salidas laborales a diario, “es supervisado por personal penitenciario, y en su lugar de trabajo es responsabilidad de su empleador, quien se compromete en igual sentido”, manifestó la jueza.
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