La Justicia consideró que el hombre adoptó ante la ruptura con su pareja “actitudes agresivas y denigrantes, llegando incluso a amenazarla con que se quitaría la vida o le haría daño”.
Se trata de un vecino de Río Grande que durante el proceso de Omisión de Debate fue condenado por el delito de amenazas reiteradas. Los mensajes de texto y audio, y el registro de llamadas telefónicas le sirvieron a la denunciante para probar que el individuo la hostigaba, perseguía y extorsionaba, al advertirle que publicaría imágenes privadas en las redes sociales si no volvía con él.
El juez Pedro Fernández, titular del Juzgado Correccional del Distrito Judicial Norte, mediante el proceso de Omisión de Debate, le aplicó a un vecino domiciliado en la ciudad de Río Grande, una pena de 7 meses de cumplimiento en suspenso, por haberse probado que amenazaba reiteradamente a quien había sido su pareja.
El imputado estaba acusado de haber amenazado a su ex conviviente en reiteradas ocasiones, solicitándole retomar la relación de pareja que tenían anteriormente. Ante la negativa de la mujer, el hombre adoptó actitudes agresivas y denigrantes, llegando incluso a amenazarla con quitarse la vida y/o dañarla, mediante mensajes de texto y llamadas telefónicas. También la amenazó con publicar contenido privado en las redes sociales, consistentes en imágenes y videos.
El Juzgado Correccional, si bien le permitió cumplir la condena en goce de libertad, obligó al sujeto en su veredicto a ajustarse a una serie de reglas de conducta por el término de 2 años, las que incluyen la restricción de acercamiento hacia la víctima y su familia, además de someterse a un tratamiento psicológico.
El titular del juzgado resolvió asimismo que la Subsecretaría de Políticas de Género del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Tierra del Fuego tome conocimiento de la sentencia, a efectos de implementar un dispositivo de orientación y contención para la damnificada.
En este caso el Ministerio Público Fiscal fue representado por el fiscal mayor del DJN, Martín Bramati, mientras que la defensa del acusado fue llevada a cabo por el defensor particular, Hernán Bazán Güemes.
La Omisión de Debate tiene como objeto dinamizar los tiempos en la resolución de las causas y resulta viable cuando el fiscal estima que no corresponde aplicar una pena superior a 3 años. Ello implica el dictado de una sentencia con las pruebas incorporadas al expediente sin realización de un juicio oral y público. No obstante para su implementación es necesaria la aceptación de las partes.
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