EL FISCAL NICOLAS ARIAS RECHAZO DE PLANO EL RECURSO JUDICIAL QUE EL INTENDENTE QUE DESDE HACE 11 AÑOS OCUPA ESE CARGO EN LA LOCALIDAD DE TOLHUIN PRESENTO ANTE LA JUSTICIA PARA INTENTAR CONTINUAR EN EL SILLON MUNICIPAL POR UN CUARTO PERIODO.
Aunque el funcionario estuvo varios períodos ausentes durante el año pasado, aquejado por una enfermedad que lo tiene a mal traer, manifestó ante el Juzgado Electoral su deseo de seguir por cuatro años más al frente del Municipio del corazón de la isla, a través de un expediente – el Nro 1363/2018 – caratulado “Queno Claudio Eduardo sobre acción meramente declarativa de certeza”, la que le fue denegada.
El fiscal Nicolás Arias rechazó el pedido de declaración de certeza elevado a la justicia por el intendente de Tolhuin Claudio Queno, para conocer si está habilitado o no a postularse para un cuarto mandato, considerando que el tema ya fue resuelto en instancias anteriores. Para el fiscal, las sentencias previas del juez electoral Alejandro Fernández y el pronunciamiento del Superior Tribunal de Justicia resolvieron la cuestión de fondo. A entender de Arias, Queno no estaría habilitado para un nuevo mandato.
El fiscal menciona que el fallo del Superior Tribunal de Justicia, con fecha 9 de junio de 2015, pocos días antes de las elecciones, señala que “el mandato ejercido por el Sr. Queno – periodo 2011-2015 -, fuere considerado Comunal o Municipal, lo cierto es que en ningún caso se verificaría el supuesto de una doble reelección, pues constituiría o un segundo mandato Comunal, o bien un primero Municipal”.
Sin embargo, recuerda que previamente el juez Fernández sostuvo en una sentencia que “a entendimiento del suscripto lo que hubo fue una transformación institucional con continuidad del mandato del Intendente y de los Concejales electos en junio de 2011 (arts. 1 y 7 de la Ley Provincial 892) y no una mera continuidad institucional, pues si fuera así mal podría hablarse “nuevo estado”. Lo expresado conlleva a entender al actual período del intendente Queno como primer mandato por la extensión del ejercicio de su función, razón por la cual se encuentra habilitado para presentarse como candidato a una reelección para ese cargo. De resultar electo y proclamado ejercerá un segundo mandato, con lo cual para presentarse nuevamente a idéntica candidatura deberá aguardar a un nuevo turno electoral”.
Para Arias “aún pudiendo resultar encontradas las posturas del magistrado a cargo del Juzgado Electoral y la valoración efectuada por los jueces supremos en su considerando V, lo cierto es que éstos últimos señalaron, en relación al pronunciamiento dictado por el Juez Electoral que: “no ha sido cuestionado por el Sr. Queno, quedando firme la decisión sobre el punto”.
Dicho fallo fue emitido durante el año 2015, momento en el cual Queno finalizaba su primer mandato como intendente Municipal. Razón por la cual, en 2019 finalizaría su segundo mandato y quedaría inhabilitado para una nueva candidatura, según analizó Arias.
En este punto, el fiscal sostiene que a su entender la cuestión de fondo quedó resuelta por esas sentencias, por lo cual no tiene sentido alguno la declaración de certeza.
“Entiendo que no existe falta de certeza en la situación jurídica invocada, que justifiquen la presente acción”, concluye el fiscal.
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